En ese momento, Aroldo Gerardo Vázquez conducía una combi Renault Master 2.5, dominio GYF-849, en la que viajaban dieciocho personas. El vehículo circulaba por el carril este de la Ruta Nacional N.º 11, en sentido sur-norte.
Simultáneamente, Dante Sosa conducía un camión Ford F7000, dominio UVX-528, por el camino rural N.º 31, en dirección este-oeste, hasta llegar a la intersección con la Ruta Nacional N.º 11.
Según se describe en el documento, el camión ingresó a la calzada asfaltada desde el este hacia el oeste con la intención de realizar posteriormente un giro hacia el sur, atravesando de manera perpendicular la cinta asfáltica. En esas circunstancias, la combi impactó frontalmente contra el lateral izquierdo del acoplado, que se encontraba atravesado sobre la calzada.
Como consecuencia de la colisión, la parte frontal de la combi quedó incrustada debajo del acoplado, provocándose graves daños en la estructura del vehículo de transporte de pasajeros. El impacto también produjo daños en el eje delantero de la unidad de carga y la caída de caña de azúcar sobre la combi y la ruta.
Tras el accidente, ambos vehículos permanecieron en la zona del impacto. La combi quedó sobre el carril este de la ruta, mientras que el acoplado quedó atravesado sobre la cinta asfáltica.
El documento también señala que, conforme a la declaración indagatoria prestada por Dante Sosa en sede penal, luego del impacto procedió a desenganchar la unidad tractora del camión Ford F700 y posteriormente la trasladó hasta la banquina oeste.
La causa civil, cerca de una resoluciónEn cuanto al estado actual de la causa civil correspondiente a los clientes del estudio que presenta el documento, se informa que el proceso se encuentra transitando su etapa final.
Los alegatos ya fueron presentados y, en una de las causas, se encuentra en producción la correspondiente prueba pericial médica.
Entre los elementos probatorios considerados de mayor trascendencia se encuentra la pericia realizada por un ingeniero mecánico sobre la mecánica del accidente, además de las consideraciones planteadas en los alegatos respecto del sufrimiento y los padecimientos experimentados por los familiares de las personas fallecidas y por quienes resultaron lesionados.
A dieciséis años de aquella tragedia, el documento sostiene que la causa se encuentra cada vez más próxima a una resolución que permita brindar una respuesta judicial a las víctimas.
Asimismo, señala que el trámite sufrió importantes demoras que el documento atribuye a quienes considera responsables de la tragedia que enlutó a Villa Guillermina.
El paso del tiempo, expresa el documento, no disminuyó la magnitud de lo ocurrido ni el sufrimiento de quienes padecieron sus consecuencias. Actualmente, el proceso se encuentra más cerca de esclarecer definitivamente los hechos y de brindar una respuesta al reclamo derivado de los daños sufridos por las víctimas y sus familiares.
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